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Contrato por prestación de servicios en Colombia [+Modelo]

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10 minutos de lectura
Contrato por prestación de servicios

Debido a las reformas que se están analizando implementar en la legislación colombiana el contrato por prestación de servicios está en el foco de los debates. Lo que se busca es ponerle fin a esta modalidad contractual en el país, en tanto, promueve la precariedad laboral. 

Actualmente, se estima que en Colombia hay 2.5 millones de personas trabajando bajo un contrato por prestación de servicios. De ese total, 1 millón pertenece al sector público. Por ello, el Gobierno del presidente Gustavo Petro busca modificar esta situación para reducir la aplicación de este tipo de contratos a casos estrictamente necesarios.

Más allá de esto, hoy es una forma de contratación que muchas empresas del país utilizan. Por eso es importante saber qué es un contrato de prestación de servicios, qué características reúne, qué dice el Código Sustantivo del Trabajo (CST) al respecto,  cómo elaborarlo y cómo terminar un contrato de prestación de servicios. ¡En este artículo te damos todos los detalles!. 

¿Qué es un contrato de prestación de servicios?

El contrato de prestación de servicios es un acuerdo de naturaleza civil, comercial o estatal. Esto quiere decir que es un acto jurídico privado en el que dos o más partes acuerdan una serie de obligaciones y derechos que los vincula. 

Si hablamos del contrato de prestación de servicios que las empresas utilizan para contratar personal, este es un acuerdo bilateral en el que una persona se obliga a realizar un determinado trabajo o servicio independiente para la otra parte.

De aquí se desprenden dos de las características del contrato por prestación de servicios más importantes:

  • Contratista. Esta es la persona que presta un servicio. Lo hace a cambio de una remuneración a la que generalmente se denomina honorarios. El tipo de servicio que este realiza puede ser de carácter profesional, técnico o cualquier otro que no requiera una formación o habilidad específica.
  • Contratante. Esta es la persona natural o jurídica que contrata al prestador de servicios. Puede ser tanto una empresa como un particular. Lo importante es que se trata de quien determina los servicios que el contratista debe realizar y se compromete mediante el contrato a pagar los honorarios correspondientes. 

Algo que debe quedar claro es que el contrato por prestación de servicios no es un contrato laboral. Las personas trabajadoras que lo celebran ejercen sus profesiones de manera autónoma y, en este punto, radica la principal característica de este contrato. Para que se entienda como tal, no puede haber subordinación en el vínculo.

Es decir que el contratista puede prestar servicio sin estar sometido a la continua y completa dependencia del contratante. Por lo tanto, este tipo de contrato no genera un vínculo de trabajador-empleador. 

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¿Qué dice el Código Sustantivo del Trabajo sobre el contrato por prestación de servicios?

Desde aquí solemos hablar sobre la legislación laboral que regula el vínculo entre empleados y empleadores, pero este no sería el caso. Al revisar qué dice el Código Sustantivo del Trabajo sobre el contrato por prestación de servicios encontramos que no incluye a este acuerdo dentro de las modalidades de contratación que tienen lugar en el país.

Por otro lado, el artículo 22 del CST establece la definición de contrato laboral. Así, de acuerdo con dicha norma, este tipo de acuerdo sería: “Aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración”.

Asimismo, en el artículo 23 del CST se especifica con claridad qué elementos deben estar presentes para que exista un contrato laboral:

  1. Una actividad personal del trabajador, es decir, que debe ser realizada por sí mismo.
  2. La continua subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador. Esto es lo que faculta al jefe a exigirle al empleado el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, indicando el modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponer un reglamento, lo cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. 
  3. Un salario como retribución del servicio.

Características del contrato por prestación de servicios 

Ahora bien, si se trata de las características del contrato por prestación de servicios, más allá de las dos que ya conocimos, debemos destacar:

  • Es un contrato de tipo civil, no laboral. Esto implica, entre otras cosas, que el tipo de vínculo que origine este contrato no se rige por la ley laboral. Por ello el contratante no tiene las obligaciones que impone el CST y el contratista no goza de los derechos y protección que sí ofrece un contrato de trabajo.
  • Exclusivo para servicios independientes. Este contrato solo puede ser utilizado para la contratación de servicios autónomos e independientes o, en todo caso, la contratación de un servicio comercial.
  • No existe vínculo de subordinación y dependencia. El trabajador o prestador de servicio puede realizarlo con autonomía y libertad. Si bien se suelen especificar ciertas condiciones, el contratista no está en la obligación de cumplir una jornada laboral o permanecer en un determinado lugar, a menos de que esto se pacte en el contrato.
  • El contratista no cobra un sueldo o salario. En este tipo de contrato la remuneración obtenida a cambio de la prestación del servicio se denomina honorarios. Las especificaciones de este pago se pactan de mutuo acuerdo al celebrar el contrato. 
  • No genera pago de prestaciones sociales ni otros derechos laborales. En el contrato por prestación de servicios al contratista no le asiste ningún derecho de índole laboral. Es decir que no tiene derecho al pago de prima de servicios, cesantías, intereses de las cesantías, auxilio de transporte, horas extra o vacaciones
  • Se pueden pactar sanciones por incumplimiento. Al firmar este acuerdo las partes pueden convenir cláusulas especiales de penalidades o sanciones en caso de que no se cumpla con lo pactado. 

¿Cómo hacer un contrato por prestación de servicios?

Ahora es momento de definir cómo hacer un contrato por prestación de servicios. El gran desafío en este caso es que no existen lineamientos específicos sobre cómo elaborarlo. Sin embargo, debes tener en cuenta que es un documento donde deben quedar expresas las condiciones principales que definen el vínculo entre las partes.

Por ello, todo ejemplo o modelo de contrato por prestación de servicios debe incluir: 

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Identificación de ambas partes

La información básica a contemplar en todo ejemplo o modelo de contrato por prestación de servicios son los datos de identificación completos de ambas partes. Tanto del contratista que presta el servicio como de quien lo contrata. 

Recordemos que en ambos casos puede tratarse de una persona natural o jurídica (empresa, sociedad, fundación, entidad, etc). Más allá de esto, los datos que se sugiere incluir son:

  • Nombre completo o razón social.
  • Domicilio. 
  • Cédula de ciudadanía o Número de Identificación Tributaria (NIT).

Objeto del contrato 

En este punto muchos modelos de contratos por prestación de servicios suelen incluir la razón por la que se celebra dicho acuerdo. Se puede expresar en una frase sintética, no hace falta explayarse demasiado, ya que en los siguientes apartados se podrán detallar específicamente las condiciones de la labor o servicio a contratar. 

Descripción del servicio o labor para la cual se realiza el contrato

Este segmento está destinado a detallar las actividades que tendrá que realizar el contratista. Esta descripción debe ser tan precisa como sea posible. Para ello, se pueden enlistar todas las tareas que se espera que haga el prestador de servicios, así como los entregables asociados a esa labor. 

Es fundamental que en este tipo de contratos se especifiquen las necesidades del cliente o contratante, así como también los resultados que se esperan obtener por el servicio contratado. 

Sobre todo, teniendo en cuenta que al no ser un vínculo subordinado el cliente no puede estar dando indicaciones continuamente o de lo contrario se correría el riesgo de que el vínculo se transforme en dependiente y con ello dar lugar a un contrato laboral. 

Condiciones en las que se llevará adelante la actividad

Este es otro apartado clave al momento de saber cómo hacer un contrato por prestación de servicios. Mientras en el punto anterior se detallan las tareas y resultados esperados, en este se debe indicar en qué condiciones debe prestarse el servicio

Aquí entonces se puede establecer:

  • Una duración específica o estimada. 
  • El lugar donde se debe prestar servicios.
  • Las normas a cumplir en dicho sitio. 

Obligaciones de ambas partes 

Otro de los criterios a tener en cuenta para crear un contrato por prestación de servicios implica especificar al máximo las obligaciones que ambas partes se comprometen a cumplir en este vínculo. 

Por lo general, esta clase de contratos establece la obligación para el contratista de prestar el servicio con la mayor calidad posible y en los términos indicados por el contratante. Mientras que este último se compromete a pagar un monto determinado de dinero, en los plazos y la forma acordada. 

Aquí, por ejemplo, se puede indicar que el contratista debe tener vigente al momento de prestar sus servicios la afiliación al Sistema General de Seguridad Social. Asimismo, que debe efectuar la correspondiente afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales. 

Sin duda, detallar esta clase de obligaciones es una forma de gestionar adecuadamente la incapacidad en este tipo de contrato

De lo contrario, el contratista se expone a sufrir algún accidente o enfermedad al prestar servicio y no contar con esta clase de cobertura. 

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Forma de pago y plazos

Como ya dijimos, el contrato por prestación de servicios también debe indicar las condiciones en las que se debe efectuar el pago de honorarios. Es decir, la forma en que el contratante dispensará el pago y el plazo para hacerlo. 

Por ejemplo: “el contratante realizará el pago a los 15 días luego de finalizadas las actividades para las que fue contratado el contratista y una vez se haya constatado que los los entregables estén en las condiciones pactadas”

Opcional: cláusula especial de penalidad 

Para terminar con el ejemplo o modelo de contrato por prestación de servicios debemos hablar de un apartado opcional. Se trata de incluir una cláusula especial de penalidad o posible sanción o multa. Es decir, lo que deberá asumir cada parte en caso de no cumplir con lo pactado en el contrato. 

Firma por duplicado

Finalmente, una vez que se hayan completado todos los puntos, se debe firmar el documento y entregar una copia a cada parte. 

Para ello no es necesario imprimir el contrato, ni siquiera se requiere de la presencialidad para cerrar el trato. Hoy en día la firma electrónica resuelve estas situaciones de manera ágil y rápida

Solo es necesario compartir el documento y solicitar la firma por parte del contratista. Luego este podrá descargar el documento firmado para tenerlo en su poder en caso de necesitarlo. 

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¿Cómo terminar un contrato por prestación de servicios?

Ahora que sabes cómo crearlo, es importante también definir cómo terminar un contrato de prestación de servicios. Al respecto, debemos decir que, en principio, la duración de este tipo de contrato es la que fijen las partes, no hay un límite establecido por ley más que ese. De ahí la importancia de especificar este punto al momento de elaborar este documento. 

Por otro lado, la finalización del contrato por prestación de servicios está sujeta de manera exclusiva a lo que las partes hayan pactado. En ello influye no solo la duración o plazo acordado, sino también los incumplimientos que se registren.

De ahí que otro de los aspectos clave al elaborar este tipo de contrato sea detallar las obligaciones de cada parte e indicar qué pasa en caso de incumplimiento.

Para ello, recuerda que también puedes incluir una cláusula de penalidad. Ya que además de rescindir el contrato por falta de cumplimiento en lo pactado, puedes añadir algún tipo de sanción. Por lo general, en esta clase de acuerdos se aplican sanciones del tipo económicas. 

Sin duda, lo que caracteriza a este tipo de contrato es la libertad que tienen ambas partes para fijar los alcances del vínculo.Algo que también implica poder definir en qué condiciones se producirá la terminación del acuerdo. 

¿Cuáles son los derechos del trabajador en un contrato por prestación de servicios?

El principal derecho al que puede acceder el trabajador o contratista mediante un contrato por prestación de servicios es al pago de honorarios. Es cierto que se pueden pactar otras prestaciones o beneficios, pero el contratante no está en la obligación de aceptar estas condiciones. Es algo a lo que se debe llegar de común acuerdo. 

Esto implica que en estos casos los trabajadores que prestan servicios de forma independiente no tengan acceso a:

  • Horas extras.
  • Recargos nocturnos.
  • Dominicales o festivos.
  • Prestaciones sociales.
  • Primas.
  • Seguridad Social. 
  • Vacaciones pagas. 

Como ya vimos, es obligación del contratista afiliarse al Sistema General de Seguridad Social y al Sistema General de Riesgos Laborales. Sobre todo para la cobertura por incapacidad en este tipo de contrato. 

Por tanto, en estos acuerdos el contratista cotiza a la seguridad social como trabajador independiente. No existe la figura de un empleador que se haga cargo de estos aportes y eso exime al contratante de las obligaciones propias de un vínculo laboral. 

Precisamente, esto es lo que hace que, muchas veces, las empresas operen bajo esta modalidad de contratación y contribuyan con ello a la precariedad laboral en el país. 

De hecho, un estudio reciente de la Universidad del Rosario revela que el 57,6% de las personas que trabajan bajo contrato por prestación de servicios aceptaría un trabajo como asalariado. Mientras que el 54% trabaja en dicha modalidad porque no tuvo más remedio. Algo que en cierta medida refleja el crecimiento que ha tenido este tipo de contratación en Colombia. 

Sin dudas, estos han sido algunos de los principales motivos por los que el Gobierno decidió que durante el 2023 implementará modificaciones en los contratos por prestación de servicios. Incluyendo, entre otras cosas, límites para su aplicación.

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Más allá de lo que cambie a partir de este año en torno al contrato por prestación de servicios, hoy es una de las modalidades que muchas empresas utilizan para resolver ciertas tareas o servicios. Por lo que, de momento, es una de las alternativas a tener en cuenta. 

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